Información legal
Políticas Mifid
- Política de conflictos de interés
- Política de incentivos
- Política de mejor ejecución de órdenes y selección de intermediarios
- Política de integración criterios ESG
- Política de implicación de accionistas
- Informe anual sobre la Política de implicación de los Accionistas
- Política de salvaguarda de activos y fondos de clientes
Contratos tipo de servicios
- Contrato marco de prestación de servicios de inversión
- Contrato de gestión discrecional de carteras
- Contrato de asesoramiento no independiente en materia de inversión
- Categorización del cliente e información precontractual
Enlaces de interés
Servicio de atención al cliente
Haltia Capital Agencia de Valores, S.A. dispone de un Reglamento para la Defensa del Cliente que regula la actividad del Servicio de Atención al Cliente, así como el procedimiento para la presentación y tramitación de las quejas y reclamaciones, de conformidad con lo establecido en la Ley 10/2025, de 26 de diciembre, por la que se regulan los servicios de atención a la clientela. Los clientes pueden presentar sus reclamaciones o quejas en primera instancia al titular del Servicio de Atención al Cliente, las cuales deberán ser resueltas en el plazo máximo de un mes desde su recepción, o bien rellenar el formulario:
Ana Azagra Díaz
- Avda. Baja Navarra 2 Oficina 6.
Pamplona, Navarra.
Horario Invierno: Lunes a jueves de 8:30 a 14:00 y de 15:45 a 18:30. Viernes de 08:00 a 15:00
Horario Verano: De lunes a viernes de 8:30 a 15:00
Referencias a la normativa de transparencia y protección del cliente de servicios financieros:
Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras (https://www.boe.es/buscar/pdf/2004/BOE-A-2004-5290-consolidado.pdf).
Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, modificada por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible. ( https://www.boe.es/eli/es/l/2002/11/22/44/con).
Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo (B.O.E. del 24 de marzo), sobre Departamentos y Servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras. ( https://www.boe.es/eli/es/o/2004/03/11/eco734/con)
Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Pensiones. (https://www.boe.es/eli/es/o/2012/11/16/ecc2502)
Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores. ( https://www.boe.es/eli/es/l/2007/07/11/22).
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. (https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2007/11/16/1/con).
Una vez interpuesta la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente, si la respuesta no hubiera sido satisfactoria o si hubiera transcurrido un plazo de dos meses desde la presentación de la reclamación sin haber recibido respuesta, el cliente podrá dirigirse a la OFICINA DE ATENCIÓN AL INVERSOR DE LA CNMV sita en C/ Edison 4, 28006 Madrid.


